La industrialización produjo una modificación radical en las formas de vida y de trabajo de los obreros. En primer lugar, la concentración de mano de obra: junto a las minas, en los suburbios de las grandes ciudades industriales crecieron barrios obreros improvisados y carente la mayoría de las veces de condiciones aceptables de higiene y de los servicios más necesarios.
Las condiciones de trabajo eran libremente fijadas por los patronos: la jornada laboral era de dieciocho horas (de cinco de la mañana a diez u once de la noche) y los salarios resultaban tan insuficientes que todos los miembros de una familia, incluidos los niños a partir de los ocho o nueve años, tenían que contribuir al mantenimiento familiar. Estas condiciones de vida y trabajo originaron un fuerte descenso de la esperanza de vida entre los trabajadores.
La generalización del uso de máquinas hizo que la fuerza física no fuera un requisito imprescindible para el trabajo y supuso la incorporación de mujeres y niños a la producción industrial. El salario femenino era un tercio del salario masculino y el de los niños no llegaba a la mitad.
Niños trabajadores de principios del siglo XX. |
La toma de conciencia obrera y la creación de sindicatos fue la respuesta. Los primeros en organizarse fueron los obreros ingleses; en 1792 apareció la primera asociación de trabajadores, aunque los sindicatos no fueron reconocidos hasta 1825. Un primer movimiento obrero, el luddita, protagonizó actos de destrucción de máquinas y fábricas y fue duramente reprimido por lo patronos: en 1813 dieciocho dirigente obreros fueron ejecutados en York.
Las reivindicaciones obreras tuvieron como objetivos principales reducir la jornada de trabajo de las mujeres y de los niños y el descanso dominical. Sus frutos más tempranos fueron la Ley del Parlamento inglés de 1802 que limitaba la jornada laboral de los niños a 12 horas, imponía a los patronos la obligación de instruirlos y de proporcionarles cama en las residencias obreras.
En Prusia, en 1839, se prohibió el trabajo a los menores de nueve años, se redujo a diez horas la jornada laboral para los menores de dieciséis años y se hizo obligatoria el descanso dominical.
En España, una ley del 11 de julio de 1912 prohibía el trabajo industrial nocturno de las mujeres y un Real Decreto de 25 de agosto de 1913 reducía la jornada laboral a 10 horas diarias, es decir 60 horas semanales, con obligación de descansar el domingo.
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